27/1/09

LA CRISIS EN ARGENTINA

Desde la CTA exigen una ley para prohibir despidos

La Central de Trabajadores Argentinos quiere una norma que evite que la crisis internacional genere más desempleo. Para ello, postula no permitir nuevas cesantías.

Especialistas consultados opinan sobre la viabilidad del proyecto y si será eficaz para evitar más desocupación

La Central de los Trabajadores Argentinos (CTA) exigió una ley que prohíba los despidos a fin de evitar que los efectos de la crisis financiera internacional sigan deteriorando los niveles de empleo.
La iniciativa fue solicitada por Hugo Yasky, titular de esa central obrera, quien consideró que el país está en emergencia laboral y que el Congreso debe impulsar una ley que frene los despidos injustificados.
El proyecto establece que la medida se establezca por el término de seis meses, para todo el territorio nacional y que sea comprensiva del sector público y privado.
La ley de emergencia laboral nacional que impulsa la CTA “tiene que contemplar la prohibición de despidos”, dijo Yasky, quién agregó que “es imprescindible una ley que impida al sector empresarial -que el año pasado ha tenido sus más altas tasas de rentabilidad- el despido sin causa y la reducción salarial”.

Desde que se desató el crac financiero mundial se encuentran en estudio media docena de iniciativas que van desde el restablecimiento de la doble indemnización, la imposición de una triple indemnización y hasta la obligación de notificar previamente al ministerio de Trabajo antes de despedir a un empleado.

Incluso, la provincia de Santa Fe fue más allá y dictó en su territorio provincial la emergencia laboral, además de establecer “un programa de crisis ocupacional” y la constitución de una comisión multisectorial en el ámbito del ministerio de Trabajo para la “defensa del empleo”.

Esta flamante iniciativa propuesta por la CTA viene a engrosar la serie de capítulos de una telenovela con final incierto, cuyo desenlace, tal vez, comience a develarse luego de que el Congreso reanude su actividad legislativa.

Especialistas consultados cuestionaron la medida al considerar que implica un avasallamiento sobre la libertad de contratación y que sólo producirá mayor inseguridad jurídica para empresas y trabajadores.

“Es una norma que, salvo que se justifique por circunstancias transitorias y limitada en el tiempo, resultaría violatoria del principio de estabilidad relativa del contrato de trabajo, que postula que toda persona puede ser despedida a cambio de las correspondientes indemnizaciones por ese despido”, explicó Marcelo Aquino, socio de Baker & McKenzie.
El abogado puntualizó que sólo las características de transitoriedad y limitación en el tiempo pueden otorgar validez constitucional al proyecto, aunque remarcó que “por más que haya un plazo cierto nadie puede asegurar que no se vaya a prorrogar indefinidamente, tal como ocurrió con la ley de emergencia económica", sostuvo Aquino.

Política de empleo

El experto también opinó sobre si la medida podría ser eficaz para contener una posible ola de despidos: “No creo que el proyecto vaya a producir el efecto que se pretende”.
El abogado dijo que mientras dure su deliberación, la iniciativa va a generar que muchas empresas comiencen a despedir ya que no van a saber con exactitud cuándo podrían volver a hacerlo. “Esto va a generar que se precipiten los despidos” y el efecto será el opuesto al buscado, dijo.

En el mismo sentido se expresó Ernesto Kritz, director de SEL Consultores: “No se va a lograr mantener el empleo con medidas de prohibición, sino todo lo contrario” y agregó que lo principal es encontrar mecanismos para que la disminución de la demanda laboral no se transforme en destrucción del empleo.

Contra la estabilidad relativa

Carlos Del Bono, socio de Severgnini, Robiola, Grinberg & Larrechea, criticó la iniciativa por “ser contraria al principio de estabilidad relativa que hace a la esencia del contrato de trabajo”.
El abogado dijo que la medida es como “querer ignorar la ley de la gravedad”. “Prohibir el despido sin más sería tanto como imponer una estabilidad absoluta, propia del empleo público, y esto claramente es contrario al espíritu del contrato de trabajo”, dijo.
Del Bono pronosticó que este tipo de medidas son ineficaces. “No va a servir. Estas iniciativas van contra el derecho de las obligaciones. Si un contrato no puede seguir por falta de trabajo, el mismo se extinguirá naturalmente por imposibilidad de cumplimiento”, agregó.

Inseguridad jurídica

Para Juan Manuel Minghini, socio del Estudio Alegria - Minghini & Asociados, este tipo de normas solo traerá una mayor inseguridad jurídica en las relaciones entre empresas y trabajadores.
“En la práctica, y pese a una eventual prohibición, los despidos se seguirán produciendo. Las empresas decretarán las cesantías y solicitarán a la Justicia que se decrete la inconstitucionalidad de la norma que consagra la prohibición”, afirmó.
Por eso, agregó que en caso de sancionarse se producirá una situación que en definitiva no es la regulada por la norma: “más juicios e inseguridad jurídica”.
Para Minghini la suerte de este tipo de medidas ya quedó “testeada” al momento de consagrarse la doble indemnización: “Ese régimen no tuvo resultados positivos, los despidos continuaron y la medida no tuvo el efecto deseado”.
“Será una norma que no tendrá aplicabilidad y sólo producirá un aumento en los costos laborales con una mayor dosis de inseguridad jurídica”, sentenció.

Números en rojo

A medida que pasa el tiempo, el espectro de medidas anticrisis se multiplican y, de recrudecerse los niveles de empleo, el Congreso podría tratar alguna iniciativa que tienda a preservar las fuentes laborales de los efectos de la crisis.

El propio diputado oficialista y asesor de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Recalde, puntualizó que por el momento se buscará un consenso contre trabajadores y empresarios, pero que si los despidos se precipitan no descarta el tratamiento de una “triple indemnización” para castigar las cesantías.

Mientras tanto, en noviembre pasado el ministerio que conduce Carlos Tomada dio a conocer un informe en el que consta que más 14 mil personas fueron suspendidas o despedidas en el país como consecuencia del crac financiero.
El documento revela que desde el 1° de octubre al 27 de noviembre del año pasado se produjeron 4.210 despidos en todo el país, 5.814 trabajadores resultaron suspendidos, en 3.150 casos hubo una reducción de la jornada laboral y a 847 operarios les adelantaron las vacaciones.
Según el informe de la cartera laboral, el sector más afectado por la crisis es la industria automotriz, con 738 despidos y 331 suspensiones. Le siguió la industria textil con 418 despidos, 670 suspensiones y 1.108 trabajadores con jornada reducida.
Por último, entre los tres sectores más golpeados figuran la industria del cuero y el calzado, con 471 despidos. La larga lista está conformada además por comercio, pesca, aserraderos, bancos, construcción e industria metalúrgica.


Fuente : Infobaeprofesional

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